Descripción general de Educación Especial

¿Qué es la “Educación Especial?”

Los Individuos con Discapacidades (IDEA), comúnmente conocida como “educación especial”, es una ley federal que exige que los niños con discapacidades entre las edades de tres a veintiún (3-21) reciben una educación pública gratuita y apropiada . Una educación pública gratuita y apropiada significa educación especial y servicios relacionados

¿Qué significa la “educación especial” realmente para mi hijo?

La ley federal, IDEA (Programa de Educación Individualizado), define la educación especial como instrucción especialmente diseñada para satisfacer las necesidades únicas de un niño con una discapacidad. Esto significa que si su niño califica para servicios de educación especial, usted como sus padres estará involucrado en el desarrollo de un Programa de Educación Individualizada (IEP) para ella que atiende sus necesidades educativas especiales. Usted trabajará con un equipo de la escuela para identificar sus fortalezas y necesidades y los servicios necesarios para ayudarle a alcanzar sus metas anuales rigurosos, pero realistas, mientras que en la escuela. Su niño también puede necesitar “servicios conexos” u otras comodidades, ayudas o servicios de apoyo (tales como terapia del habla o un plan de intervención de conducta) para que le permita beneficiarse de su programa de educación especial.

¿Los servicios de educación especial en Delaware son diferentes de otros estados?

IDEA es una ley federal, por lo tanto todos los estados deben seguir los requisitos de IDEA, pero las prácticas y procedimientos de cómo se aplica la ley pueden parecer diferentes dependiendo del estado en el que reside, por lo tanto, los servicios pueden ser diferentes. Incluso los distritos escolares en el mismo estado puede utilizar una terminología diferente o tener normas y procedimientos que difieren de otro distrito escolar en el mismo estado. Las regulaciones de educación especial de Delaware se encuentran en lo que se llama el “Código Administrativo”, que proporciona información para los padres y las escuelas sobre el proceso de educación especial. Los Reglamentos Estatales de Educación Especial (a partir del 11 dejunio de 2007) están publicadas en el en la página del Departamento de Educación de DE. La página web del Departamento de Educación.

¿Si mi hijo asiste a una escuela chárter (u Autónoma) es elegible para recibir servicios de educación especial?

Todas las escuelas públicas y chárter en Delaware deben cumplir con las regulaciones federales y estatales de educación especial. Así que “si”, su niño es elegible para la educación especial y servicios relacionados, y “sí” su hijo recibirá los servicios en la Escuela Chárter (Autónoma).

¿Cómo puedo obtener más información acerca de los servicios y programas de educación especial en Delaware?

Usted puede obtener información valiosa acerca de los servicios y programas en varias formas de educación especial:
Asistir a los talleres de PIC y participar en seminarios y/o audio-conferencias
Manténgase al día con ambos noticieros, tanto estatal como nacional de las noticias, eventos y recursos mediante nuestra página electrónica informativa de Noticias y Eventos electrónica “” de la de PIC (Agrega link)
Solicitar a tener una reunión o conferencia telefónica con el maestro de su hijo
Asista a los “Open House”, reuniones de PTA y otros eventos escolares
Únase a un grupode apoyo para padres
Visite la página en el internet de Departamento de Educación de Delaware

Que incluye información sobre: ​​
Normas de educación especial, las normas curriculares, pruebas del estado, los procedimientos de quejas y más sobre las escuelas públicas y chárter (autónomas) de Delaware.

¿Cómo puedo obtener más información sobre mis derechos?

Familiarizarse con los recursos, tales como: Los padres son la clave (Añadir enlace) y las Regulaciones de la Educación Especial en Delaware.
Asista a los talleres en Español de PIC y participar en seminarios o audio-conferencias
Manténgase al día con los dos talleres estatales y nacionales, eventos, noticias y recursos mediante la página electrónica de “Eventos y Noticias” de PIC.

Un consejo de PIC: El conocimiento es capacitar y cuanto más se aprende acerca de sus derechos como padre bajo IDEA, el más poder se sentirá. Cuanto más educado usted se informa sobre sus derechos y responsabilidades, más fuerte es su capacidad será para abogar por su hijo como un miembro respetado del equipo de la escuela de su hijo.

Recursos:
Construyendo un Legado: IDEA 2004
DE Departamento de Educación de Delaware
Centro Nacional de Diseminación de Información para Niños con Discapacidades (NICHCY)

Elegibilidad y Evaluación

¿Qué debo hacer si creo que mi hijo necesita servicios de educación especial?

Como padre, usted puede solicitar que su hijo reciba una evaluación educativa para determinar si es elegible para recibir servicios de educación especial. Un maestro o alguien de la escuela u otra agencia pública que ha estado trabajando con su hijo también puede mencionar que su hijo puede beneficiarse de los servicios de educación especial. La escuela, sin embargo, no puede llevar a cabo una evaluación educativa hasta los padres, hayan dado su autorización y su consentimiento informándoles por escrito de la solicitud de la evaluación. PIC Consejo: Su solicitud para una evaluación educativa debe hacerse por escrito (correo electrónico {e-mail} es aceptable) con el que realiza diagnósticos educacional, director de la escuela, profesor/maestro (s), el director de educación especial o administrador asignado de estos casos. También es útil e importante agregar o copiar otro miembro del equipo en su solicitud para asegurarse de que al menos dos personas están conscientes de su solicitud documentada.

Referencias: 14 DE Admin Code 925 2.2; 34 C.F.R. § 300.301

¿Puedo decirle al maestro de mi hijo(a) que yo quiero que mi hijo(a) sea evaluada para servicios de educación especial?

La escuela debe obtener su consentimiento por escrito para realizar una evaluación educacional para determinar si un niño es elegible para los servicios de educación especial y servicios relacionados. Por lo tanto, uno de los padres (como se define en IDEA) debe firmar un formulario de autorización antes de que la escuela pueda realizar la evaluación. Por lo general, la escuela tendrá su propia forma de “permiso para evaluar” dicha forma debe describe lo que se incluirá y se explicará el proceso de esta evaluación. Este formulario también debe indicar la fecha de la evaluación y las personas que llevaran a cabo esta evaluación.

Referencias: 14 DE Admin Code 925 2.2; 34 C.F.R. § 300.301

Consejo de PIC: Después de proporcionar el consentimiento por escrito de los padres, la reunión para determinar la elegibilidad de su hijo para recibir educación especial y servicios relacionados debe ocurrir dentro de los 45 días escolares o 90 días del calendario.

¿Alguien más puede dar su consentimiento de los padres por escrito para que mi hijo(a) sea evaluado para los servicios de educación especial?

Bajo IDEA, sólo uno de los padres puede proporcionar por escrito su consentimiento para una evaluación educativa inicial. Un padre es aquel que se considera por lo siguiente:

Un padre biológico o adoptivo de un niño
Un tutor (una persona que no sea el padre biológico autorizado por la Corte de Familia para actuar como padre del niño(a) y se le otorga la posesión de los poderes, derechos y obligaciones que sean necesarias para proteger, administrar y cuidar de un niño. Un tutor tiene la autoridad legal para cuidar del niño(a) y tomar decisiones educativas, como si él / ella fuera el padre del niño hasta que el niño cumpla los 18 años de edad). Los jóvenes en el cuidado del Departamento de Servicios para Niños, Jóvenes y sus Familias (DSCYF) se dice que están en su “custodia”, por lo tanto, un trabajador de DFS (División de Servicios a la Familia) no se considera un tutor de un niño.
Una persona que actúa en lugar de un padre biológico o adoptivo y con quién vive el niño – Una autorización de la escuela de un tutor familiar se solicitara y se mantendrá en los archivos de la escuela (ver pregunta # 4 más abajo);
Una persona que es legalmente responsable por el bienestar del niño, o un
Un padre sustituto que ha sido designado por el Departamento de Educación

Referencias: 14 DE Admin Code 922 3.0; 34 C.F.R. § 300.30

¿Los cuidadores/tutores como los abuelos se les permite firmar los formularios de consentimiento de los padres?

Si un niño(a) vive con los abuelos (u otro pariente por sangre, matrimonio o adopción) y esa persona está actuando en el lugar de un padre biológico o adoptivo, a continuación, los abuelos (u otro familiar) es considerado uno de los padres bajo IDEA y puede firmar formularios de consentimiento paternos. Además, las regulaciones de Delaware requieren que la persona llene el formulario de Autorización de la Escuela de parte de un Tutor o Familiar. Se requiere una Declaración Escolar de Autorización en Delaware Jurada por parte de los parientes o tutores “para que un tutor o familiar que está criando a un niño sin custodia legal o tutela y le permita a esta persona registrar a un niño(a) a la escuela y tomar otras decisiones educativas. Usted puede obtener este formulario a través de su distrito escolar o del departamento de Salud y Servicios Sociales / División de Servicios para Personas Mayores y Adultos con Discapacidad Física. http://dhss.delaware.gov/dhss/dsaapd/sample.html

Referencias: 14 DE Admin Code 922 3.0 (p. 9), 34 CFR § 300.30

¿Por qué necesita una evaluación educativa mi hijo(a) si ya que tiene problemas en la escuela?

Una evaluación educativa es una manera de identificar y recolectar la mayor cantidad de información posible acerca de por qué su hijo tiene dificultades en la escuela, y si su rendimiento escolar está relacionado con una discapacidad. No todos los niños que tienen problemas en la escuela tienen una discapacidad o se clasificarán para los servicios de educación especial. Esto es para poder descubrir si su hijo califica o es elegible para recibir servicios de educación especial, el personal de la escuela debe realizar una evaluación inicial.

La evaluación incluye la recopilación de información de una variedad de fuentes, incluyendo las pruebas de aptitud y rendimiento, evaluaciones del estado, información de la respuesta a la intervención (RTI), procesos y comentarios de los padres y maestros.

La evaluación es realizada por el personal escolar capacitado y bien informado.

Usted se unirá a un equipo de la escuela, que está bien informado acerca de su hijo, y revisar la información de la evaluación para determinar si su hijo es un “niño con una discapacidad” para propósitos educativos.

Para determinar si su hijo es un “niño con una discapacidad” con fines educativos, el equipo va a revisar y discutir los resultados de la evaluación. El equipo usará los criterios de elegibilidad, como se describe en el IDEA y las regulaciones de educación especial en Delaware para hacer su decisión de si el niño es elegible para educación especial y servicios relacionados.

Consejo de PIC: Como padre, usted tiene información valiosa para compartir acerca de su hijo. Es importante que usted comparta esta información con el equipo de la escuela acerca de la discapacidad de su hijo, las evaluaciones anteriores, la historia escolar pasado y los problemas médicos. Asegúrese de hacer preguntas y compartir sus preocupaciones y expectativas.

Referencias: 14 DE Admin Code 925 4.0; 34 C.F.R. § 300.301

¿Por qué mi hijo tiene que tener una “etiqueta” para recibir servicios de educación especial?

El proceso de utilización de categorías o “etiquetas” en Delaware es tomado de la ley federal llamada la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (IDEA). Estas categorías en Delaware que se utilizan para definir un “niño con una discapacidad” para propósitos de educación especial son: Autismo, sordo-ceguera, retraso del desarrollo, trastornos emocionales, deficiencias auditivas, problemas de aprendizaje, discapacidad intelectual, discapacidad ortopédica, Otros impedimento de salud, Trastornos del habla y / o del lenguaje, lesión cerebral traumática, discapacidad visual , trastorno del lenguaje en niños preescolares (únicamente de 3 , 4 años de edad). Estas categorías reflejan se aproximan y refleja lo que es la ley federal y se pueden encontrar en las Regulaciones de Educación Especial
http://www.doe.k12.de.us/infosuites/students_family/specialed/default.shtml (link broken) De Delaware

Consejo de PIC: La “etiqueta” se utiliza únicamente para fines de elegibilidad y no debe ser utilizado para conducir servicios para su hijo.

Referencias: 14 DE Admin Code 925 2,0 a 925 6,0; 34 CFR § 300.8, 34 C.F.R. § 300.15, C.F.R. § 300.304 – § 300.306

¿El comportamiento puede ser parte del procedimiento de la Evaluación?

Sí, una evaluación de comportamiento funcional (FBA) se puede incluir en el proceso de evaluación si el niño presenta problemas de comportamiento que interfieren con su educación. Una FBA analiza por qué un niño se comporta como él o ella lo hace, dada la naturaleza del niño y lo que está sucediendo en el medio ambiente. Una FBA incluye observaciones y aportaciones de todos los miembros del equipo (incluyendo a los padres.) Esta evaluación se lleva a cabo generalmente por un psicólogo, un especialista en el comportamiento escolar o especialista de diagnósticos educacionales. Los datos recopilados del FBA se pueden utilizar para desarrollar un Plan de Intervención de Comportamiento (BIP) que se concentra en el uso de estrategias e intervenciones positivas con su hijo para cambiar o eliminar las conductas inapropiadas.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con el equipo sobre resultados de la evaluación de mi hijo?

Si usted no está de acuerdo con la evaluación educacional de su hijo, informe a la escuela por escrito de su desacuerdo y solicite una Evaluación Educacional Independiente (IEE). Una IEE es una evaluación realizada por una persona cualificada que no es empleado por el distrito escolar responsable de la educación de su hijo. La EEI se lleva a cabo sin costo alguno para los padres. Un padre tiene derecho a un solo IEE a expensas del distrito escolar cada vez que la escuela lleva a cabo una evaluación en la que no estén de acuerdo.

Referencias: 14 DE Admin Code 926 2.0; 34 C.F.R. § 300.502

Programa de Educación Individualizada (IEP)

¿Qué es un IEP?

El IEP es un documento o un “mapa”” para ayudar a guiar al equipo en el desarrollo del programa de educación individualizada de su hijo. Le ayuda a usted y al equipo de la escuela para atender a las necesidades educativas especiales de su hijo. El documento del IEP se utiliza en todo el proceso del IEP para guiar al equipo para proporcionar los servicios y apoyos que ayudaran a que su hijo beneficie de la educación. En la reunión del IEP, usted y el equipo van a examinar y analizar muchos aspectos de su hijo y su planificación educativa. Usted revisará partes formales e informales de la información (por ejemplo, pruebas de estado, tareas, evaluaciones) y determinaran las necesidades académicas y funcionales de su hijo. Usted trabajará con el equipo de la escuela para determinar la mejor manera de satisfacer las necesidades de su hijo a través de la instrucción, los servicios y apoyos adicionales. Como equipo, también desarrollaran metas anuales para que usted y sus maestros puedan medir el progreso en intervalos regulares durante todo el año escolar.

¿Cuándo se realiza un IEP para mi hijo?

Una vez que su niño ha sido determinado elegible para servicios de educación especial, una reunión de IEP (Programa Educativo Individualizado) se llevará a cabo dentro de 30 días para elaborar el documento del IEP.

Consejo de PIC: El IEP de su hijo debe ser revisado al menos una vez al año, sin embargo, usted o la escuela pueden solicitar una reunión del IEP en cualquier momento durante el transcurso del año escolar. Esto, para revisar el progreso de su hijo, discutir problemas, compartir estrategias o hacer modificaciones según sea necesario para el programa educativo de su hijo.

Referencias: 14 DE Admin Code 925 20,1; 34 C.F.R. § 300.323

¿Qué pasa si no puedo asistir a la reunión del IEP para mi hijo?

Si usted no puede asistir a la reunión del IEP de su hijo en la fecha prevista, notifique a la escuela y solicite que se le programe otra fecha y hora. En su invitación que reciba debe ver una parte en la “invitación a la reunión”, que le permite indicar que usted no le es posible asistir. Es importante darle a conocer a la escuela las fechas y horarios que usted tenga disponibles para asistir a la reunión. Aparte de la reprogramación de la reunión, usted también puede participar en la reunión del IEP de su hijo en persona, por teléfono o seminario.

¿Quién debe asistir a la reunión del IEP de mi hijo?

Los miembros del equipo que deben ser invitados y participar en la reunión del IEP de su hijo son los siguientes:

USTED – el padre (s);
El niño – su hijo puede asistir a cualquier reunión que usted considere apropiada. En Delaware, el niño debe ser invitado a la reunión del IEP a partir de los 14 años o cuando entre en el octavo grado (grado 8º) (Cual sea primero). Si su hijo no asiste, la escuela debe tomar medidas para garantizar que los puntos fuertes de su hijo, preferencias e intereses sean considerados;

Profesor/Maestro de Educación General;

Maestro de educación especial;
Representante del Distrito (por ejemplo, director, director de educación especial), que es: que tengan conocimiento sobre el currículo de educación general; sea capaz y tenga autoridad para proporcionar / Supervisar los servicios de educación especial, y que puedan comprometerse a proporcionar recursos del distrito, y que deba ser capaz de garantizar que todo los servicios que se establezcan en el IEP realmente se lleven a cabo;
El individual o persona (por ejemplo, psicólogo de la escuela, diagnósticos educacionales) que pueda interpretar los resultados de la evaluación de su hijo en cuanto a cómo se relación con su instrucción, y finalmente

Otras personas que tengan conocimiento o una experiencia especial acerca del niño, podrán ser invitados por ellos padres o la escuela.

Referencias: 14 DE Admin Code 925 21,0; 34 C.F.R. § 300.321

¿Es aceptable para que la escuela me presente un borrador del IEP para mi hijo?

A veces, un borrador del IEP se presenta al inicio de la reunión para así tener una reunión detallada y más eficiente. La escuela puede crear este borrador del IEP para usar durante la reunión del IEP, quedando claro que este borrador está disponible a que se le hagan cambios, añaden información, y/o revisiones cual sean necesarias y que todo el equipo determine.

¿Qué puedo hacer para prepararme para la reunión del IEP de mi hijo?

La preparación es muy importante y puede ser el factor determinante para tener una reunión productiva. Las siguientes son algunas sugerencias:
Revise la invitación del IEP para que sepa quien ha sido invitado
Haga una lista de sus preocupaciones con respecto a su hijo y su educación
Dé prioridad a su lista de preocupaciones en un número razonable
Haga copias de su lista y compártalas con el equipo antes o durante la reunión
Elaborar una lista de preguntas que sean importantes para usted hacerles a los miembros específicos del equipo
Soluciones para resolver problemas enfocadas en sus preocupaciones, y estar dispuesto a compartir sus ideas
Observe el aula/salón del niño y los programas de investigación que le interese a su hijo,
Este familiarizado con el IEP actual y anterior de su hijo
Revise los resultados de la evaluación e notas/reportes del progreso de su niño.

¿Me permiten llevar a un amigo o miembro de la familia la reunión de IEP de mi hijo?

Sí, usted puede invitar a cualquier persona a la reunión del IEP de su hijo que usted crea que tengan experiencia o conocimiento sobre su hijo. La escuela puede hacer lo mismo. Si usted planea tener a alguien en la reunión que no está mencionada en la invitación enviada por la escuela, tenga la amabilidad de notificar a la escuela de su intención.

Problemas De Disciplina

¿Mi hijo puede ser suspendido de la escuela por problemas de conducta?

Cada distrito escolar tiene un código de conducta que describe las políticas/pólizas y procedimientos en cuanto a las normas o códigos de conducta de dicha escuela. Si su niño viola el código de conducta, él está sujeto a las mismas medidas disciplinarias que se aplican a un estudiante que no recibe servicios de educación especial. Sin embargo, para los estudiantes que reciben servicios de educación especial, hay regulaciones adicionales para asegurarse de que no se castiguen por su discapacidad. Como regla general, un niño que recibe servicios de educación especial puede ser suspendido hasta diez días antes de que el equipo de IEP tome medidas para asesorar si el comportamiento está relacionado con su discapacidad, y sea apropiado al IEP. Los procedimientos de la disciplina se describen con detalle en el folleto de PIC- “Los Padres son la Clave” Consejo de PIC: Familiarizarse con el código de conducta de la escuela del niño. Comúnmente los niños reciben este folleto al iniciar el año escolar, sin embargo, los códigos de conducta también se publican en las páginas de internet de cada escuela.

Resolución De Conflictos

¿Qué opciones tengo si no estoy de acuerdo con el equipo de la escuela acerca de la educación de mi hijo?

Hay un número de opciones disponibles a los padres bajo la IDEA en situaciones para resolver conflictos. Si ha intentado vías para resolver su conflicto tales como discutir sus preocupaciones con su equipo de IEP o hablar directamente con el maestro de su hijo, puede que le resulte más útil usar un método más formal. Otros métodos se describen brevemente a continuación, pero se describen en detalle (junto con todas sus garantías procesales) en Los Padres Son La Clave.

Facilitar la reunión de IEP – Aquí es donde una persona neutral, que es un facilitador capacitado, maneja o facilita una reunión del IEP para el equipo.
Sesión de Mediación – Esta es una reunión más formal que un facilitador capacitado ayuda a los padres y miembros limitados del equipo del IEP en un proceso para resolver su conflicto.
Queja al Estado – Esta es una queja por escrito al Departamento de Educación de Delaware reclamando que el distrito escolar no está cumpliendo.
Audiencia del Proceso Debido- Aquí es donde un panel de audiencia de tres personas escuchan y examinan la evidencia para hacer una determinación si la escuela violó los derechos de su hijo para recibir una educación pública gratuita y apropiada.
Sesión de Resolución – Si se solicita una audiencia del proceso debido, la escuela debe programar una reunión para determinar si una resolución puede llevarse a cabo antes de proceder con una audiencia del proceso debido.

Consejo de PIC: El primer pensamiento en cualquier conflicto es dar un paso atrás y considerar no sólo las opciones, pero si la escuela está claramente consciente de su desacuerdo con ellos y ya intento varias posibilidades hasta este punto para resolver el problema. Si usted siente que sus reuniones de IEP no están avanzando de una manera positiva para resolver el conflicto, conozca y ejerza sus derechos y/o garantías procesales, como están descritas previamente.

Transición Para Estudiantes de 14 a 21 años de edad

¿Cuál es la diferencia en el IEP de mi hijo(a) ahora que el (ella) cumplió los 14 años de edad?

En Delaware, la planificación de transición empieza para los estudiantes de la edad de 14 años o cuando el niño entra al octavo grado escolar (lo que ocurra primero). La planificación de la transición puede empezar a una edad más temprana cuando el estudiante sea más joven si el equipo de IEP está de acuerdo. Esto significa que sus reuniones de IEP incluirán discusiones y las planificaciones en cuanto a las metas post-secundarias. Metas post-secundarias son metas para que su hijo se esfuerce después de salir del ambiente de la preparatoria. En particular, se desarrollan objetivos en cuanto al empleo, la educación y/o entrenamiento, y para llevar una vida independiente.

¿Debe mi hijo(a) asistir a la reunión del IEP?

En Delaware, el niño(a) debe ser invitado a la reunión del IEP a partir de los 14 años o al estar en el octavo grado escolar. Si su hijo no asiste, la escuela debe tomar medidas para garantizar que los puntos fuertes de su hijo, preferencias e intereses sean considerados.

Consejo de PIC: La participación de su hijo en la planificación de su futuro es muy importante y participar en su reunión del IEP es uno de los primeros pasos para abogar para su defensa y su independencia. Usted tiene la oportunidad de modelar todas sus habilidades y conocimientos que usted ha estado utilizando a su favor para que obtenga el mejor beneficio para él/ella, ya que él/ella asumirá los derechos de patria potestad del IDEA la edad de los18 años (la mayoría de edad), así como cuando entran al mundo real como adultos jóvenes.

¿Qué debo esperar en la reunión de transición de mi hijo(a)?

En Delaware, hay un IEP de “transición” que se utiliza para los estudiantes entre las edades de 14-21 años de edad. Es una herramienta para ayudarle y guiarlo a usted y al equipo para concentrase para desarrollar los objetivos basándose ​​en los datos e información, y las evaluaciones adecuadas de acuerdo la edad de su hijo(a) al salir de la escuela. Se hace hincapié en la planificación para el empleo, la educación y/o entrenamiento, y la planificación para llevar una vida independiente, el apoyo y la coordinación de actividades y/o servicios para ayudar a su hijo(a) a que aprenda habilidades, mientras este en la escuela para tener éxito cuando él/ella salga de la escuela. Los cursos de estudios que está directamente relacionados con los objetivos de su hijo(a) serán coordinadas con la asistencia de organizaciones externas, como la División Vocacional de Rehabilitación (DVR) o Los Servicios de Desarrollo de Discapacidades en Delalware [Delaware Developmental Disabilities Services (DDDS)] pueden ser incluidos. Al principio, la planificación de la transición será posiblemente un amplio panorama de futuro de su hijo(a). El plan de transición de su hijo debe ser más específico conforme vaya progresando su hijo(a) durante el año escolar y tendra más oportunidades de aprender habilidades de trabajo y la experiencia de planificación una vida después de la preparatoria.

Consejo de PIC: La planificación de la transición no es un “evento”. Sino más bien, un proceso constante y está sujeto a cambios según las necesidades de su hijo(a), las experiencias y cambios de sus preferencias. Debido a que su hijo(a) es el centro de la planificación de la transición, debe alentar a su hijo(a) a que participe en todas las fases de este proceso.

 

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